Sumilla. RECONOCIMIENTO FOTOGRÁFICO: esta
diligencia no es relevante probatoriamente, si el
agraviado o testigo conoce al imputado y
cumple con individualizarlo. PRUEBA DE CARGO: el
cambio de versión de un sentenciado sobre
aspectos referidos al móvil de la incriminación
de un agraviado, solo tiene entidad para dar
una mayor consistencia a la prueba colectada
en el juicio oral que determinan la
responsabilidad penal (suficiencia probatoria),
pero no, para ser utilizada como un elemento
corroborativo de la incriminación.