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domingo, 12 de julio de 2020

CASACIÓN LABORAL Nº 19684-2016- LIMA: Los contratos de trabajo por suplencia no se desnaturalizan

SUMILLA: Los contratos de trabajo por suplencia no se desnaturalizan si el trabajador contratado desempeña realmente labores de otro trabajador titular de un puesto en el establecimiento del empleador, aun cuando el contrato o sus prórrogas hayan sido suscritos con posterioridad al inicio efectivo de la relación laboral. 










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